Sociedad

Los riesgos en el embarazo, una de las principales consultas de las mujeres trabajadoras en el servicio de asesoramiento de CCOO

En "La Ventana de la prevención" nos ocupamos de como la legislación laboral y sanitaria protege a las mujeres embarazadas en su puesto de trabajo

"La Ventana de la prevención". Hablamos de la Prevención de Riesgos Laborales y Mujeres.

"La Ventana de la prevención". Hablamos de la Prevención de Riesgos Laborales y Mujeres.

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Santander

"La Ventana de la prevención" es un proyecto de Comisiones Obreras, financiado por el Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo de la consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio del Gobierno de Cantabria, en colaboración con la Cadena SER.

En esta ocasión, les hablamos de la Prevención de Riesgos Laborales y Mujeres, además de sectores feminizados y la protección de las mujeres por riesgos en el trabajo durante el embarazo y cuales son los derechos de las mujeres en el ámbito laboral de cara a evitar riesgos en el embarazo.

Un espacio en el contamos con Nuria Alegría, técnico en prevención de riesgos laborales de CCOO que nos ha explicado que uno de los principales aspectos a tener en cuenta, es la diferencia entre un embarazo de riesgo que es una situación clínica del propio embarazo y riesgos durante el embarazo que se refieren a la incompatibilidad que se basa en las condiciones laborales, no en la propia gestación.

En el primero de los casos la mujer presenta algún problema médico que supone un riesgo para la madre y/o para el feto, pero que no está relacionado con el trabajo que pudiera estar desempeñando la mujer .En este caso, la trabajadora no podrá solicitar la prestación por riesgo durante el embarazo, sino una prestación de incapacidad temporal por contingencia común (accidente no laboral o enfermedad común). La mujer, por tanto, deberá acudir a su médico de cabecera y si este considera que es conveniente que deje de trabajar algún tiempo, debido a su embarazo de riesgo, le emitirá un parte médico de baja. Esto, según explica Alegría, dará lugar a una prestación económica de incapacidad temporal por enfermedad común, a partir del cuarto día de baja laboral.

En el caso de que hablemos de situaciones por riesgo durante el embarazo que se producen cuando los agentes, condiciones o procedimientos del puesto de trabajo pueden influir negativamente en la salud de la madre gestante y/o la del feto, la empresa debe adoptar medidas preventivas complementarias. El objetivo, aclara Alegría, es garantizar que la mujer pueda seguir desempeñando su trabajo sin riesgo para ella y/o el hijo que espera. Si no es posible, la alternativa es cambiarla temporalmente de puesto de trabajo a otro exento de riesgos para su embrazo. Solo en el caso de que la empresa no pueda técnica u objetivamente cumplir estas condiciones, se procederá a la suspensión del contrato de trabajo y la trabajadora percibirá una prestación económica por riesgo durante el embarazo, equivalente al 100% de su base reguladora.

La prestación por riesgo durante el embrazo, es un subsidio que recibe la trabajadora embarazada durante el periodo de suspensión del contrato de trabajo o de interrupción de su actividad profesional por riesgo durante el embarazo. Para encontrarnos en este supuesto, la causa de la incompatibilidad debe basarse en las condiciones laborales, no en la propia gestación. Por tanto, el acceso a esta prestación económica, equivalente al 100% de su base reguladora, se basa en las condiciones del puesto de trabajo de la embarazada y en la imposibilidad de su empresa de poder adoptar medidas preventivas acordes con su estado o de cambiarla temporalmente a otro puesto de trabajo, y no en el propio estado clínico del embarazo (en cuyo caso estaríamos hablando de un embarazo de riesgo).

En la "Ventana de la prevención", hemos conocido los tramites a seguir y casos particulares que nos han servido para ilustrar situaciones comunes que se dan cuando una mujer trabajadora está embarada y desempeña un trabajo que puede entrañar algún riesgo para la gestante. Alegría explica que hay agentes físicos que pueden implicar lesiones fetales o provocar un desprendimiento de la placenta, en particular, choques, vibraciones o movimientos, asó como, manipulación manual de cargas pesadas, ruido, radiaciones, frío y calor extremo, movimientos y posturas, desplazamientos, agentes biológicos, agentes químicos, etc…

"Se debe tener en cuenta que hay factores temporales que no influyen negativamente durante toda la gestación y tiene que determinarse a partir de que dosis es perjudicial y de que semana de gestación es perjudicial para el embarazo y otros a los que no se puede estar expuesto", aclara.

Alba Ceballos, es bióloga del Consejo Superior de Investigaciones Científicas e inspectora marítima de pesca. Nos ha explicado que en su caso, se le ha adaptado su puesto de trabajo y ahora realiza labores de oficina ya que en su estado no podía continuar realizando inspecciones terrestres, marítimas, y aéreas, una tarea en la que se realizan actividades físicas de riesgo.

Además, en la segunda parte del programa, hemos querido recoger las demandas de un sector altamente feminizado como es el servicio de ayuda a domicilio de la dependencia. Emilia es una de esas trabajadores, que explica que a pesar de que sus cometidos están fijados, en muchas ocasiones, son los familiares del usuario los que les indican que realicen otras tareas. Las trabajadores deben ayudar en servicios de limpieza, pero tan sólo en los que tienen que ver con el usuario, en ningún caso, limpiar por ejemplo, explica, zonas comunes.

Nuria Alegría, técnico en prevención de riesgos laborales de CCOO explica que en este sector fallan los sistemas organizativos, no se ajustan las valoraciones si hay cambios en los usuarios, el tiempo que tienen que invertir en esos desplazamientos a los domicilios esos desplazamientos no están bien calculados, además de precariedad laboral, falta de formación, de ayudas técnicas, etc

Si quieren participar en el próximo programa de la "Ventana de la prevención" pueden enviar un correo electrónico con sus aportaciones, dudas o sugerencias al correo electrónico nalegria@cantabria.ccoo.es

 
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