Sociedad

Fomento anula la contratación del aparcamiento del Ferial de Torrelavega por "error grave"

Existe un error en el proyecto al no incluir 300.000 euros de coste del hormigón

Representación del exterior del aparcamiento del Ferial de Torrelavega / Ayuntamiento de Torrelavega

SER Torrelavega

La Consejería de Fomento ha resuelto anular la contratación de las obras de construcción del aparcamiento en altura en el Ferial de Ganados de Torrelavega, al existir "un error grave y manifiesto" en el proyecto al no incluir el importe del hormigón.

En una resolución a la que EFE ha tenido acceso, la Consejería considera que el error detectado, cuyo desfase en el presupuesto de ejecución material supera los 300.000 euros, supone "una infracción no subsanable" que obliga a resolver la disolución del procedimiento de gasto para la contratación.

Por ello, anula el gasto de 5.672.494 euros aprobado por la Consejería en diciembre de 2022 para ejecutar este aparcamiento gratuito, que se preveía situar en el estacionamiento exterior del Ferial de Ganados, con una capacidad de 533 plazas.

Según los planes iniciales, esta instalación en altura dispondría de cuatro pisos, con una planta baja destinada a albergar las dependencias de limpieza que ahora se encuentran en esa zona y las tres restantes para estacionamiento de vehículos.

El origen de la decisión de la Consejería es el recurso administrativo presentado por una de las empresas licitadoras ante el acuerdo de la mesa de contratación, que excluyó su oferta del procedimiento al entender como insuficiente la justificación de la baja en su oferta económica.

La empresa alegó en contra de esta decisión en octubre de 2023 ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, que le ha dado la razón y que ha hecho que la Consejería anule el procedimiento y lo sitúa en el origen del proyecto.

En su recurso, la empresa afirmó que había presentado la oferta atendiendo a lo reflejado en el cuadro de precios descompuestos del proyecto, y que en ese documento no constaba en ningún momento la partida correspondiente al importe del hormigón necesario para ejecutar la obra (unos 300.000 euros).

En su resolución, el Tribunal asegura compartir el parecer de la UTE recurrente y argumenta que no puede acordarse la exclusión de una empresa por haber justificado su oferta conforme a lo que establece el proyecto.

 
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