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Peláez: "Se lo dijimos a la Concejalía de Deportes y al Racing, así lo dice el artículo 227 del Reglamento General de la RFEF"

UEFA pedía enumeración y un mejor estado de los asientos además de reformar vestuarios, entre otras

José Ángel Peláez y Miguel Ángel Revilla, reunidos para hablar del España - Chipre / Lara Revilla

José Ángel Peláez y Miguel Ángel Revilla, reunidos para hablar del España - Chipre

Santander

José Ángel Peláez, presidente de la Real Federación Cántabra de Fútbol, ha explicado en los micrófonos de la Cadena SER cuáles son los motivos por los que no se podrá disputar el España - Chipre previsto para el 12 de septiembre en Los Campos de Sport de El Sardinero.

Peláez: "Se lo dijimos a la Concejalía de Deportes y al Racing, así lo dice el artículo 227 del Reglamento General de la RFEF"

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Peláez dice que "El Sardinero tiene la mayoría de cosas que pide UEFA, pero no actualizado", como mejora de los asientos ("muchísimos más asientos en mal estado de los que pensábamos en un inicio"), su enumeración además de las filas, reformas en los vestuarios y una sala de prensa con capacidad para 80 personas y con las mejoras tecnológicas necesarias (recablear todo el WiFi). Según ha sabido la SER, las mejoras suponían algo más de 500.000 euros.

El presidente de la Cántabra, que traía este partido como homenaje a su 100 aniversario, añade que el motivo es que "el plazo es tan corto que nadie podía garantizárnoslo. En realidad no es por el estado del campo, sino por no dar tiempo a acometer la obra". UEFA fijó el 30 de julio como fecha límite para tener todo acorde.

Gema Igual señala a Peláez y Revilla

La alcaldesa de Santander, Gema Igual, dice que el presidente de Cantabria y el de la Federación Cántabra "Han osado disponer de un campo que no les pertenece sin conocer su situación".

Ante esto, José Ángel Peláez dice que se lo comunicaron tanto al Racing como a Felipe Pérez Manso (Ciudadanos), en aquel momento titular de Deportes de Santander: "Lo comunicamos a través de la Concejalía de deportes, pero al que hay que comunicar es al Racing, en el artículo 227 del Reglamento General la respuesta se da sola, el que tiene la cesión es el Racing e implícitamente tiene que haber contrato o cesión para los partidos que organice la RFEF".

El artículo 227 del Reglamento General de la RFEF dice así:

1. Los partidos que corresponda celebrar a un club en su propio campo, deberán jugarse en el que tenga inscrito como tal en propiedad, arrendamiento, cesión u otro título que le permita disfrutar plenamente su uso y que hubiese designado como tal al inicio de la temporada; ello sin perjuicio de que por circunstancias especiales fuese autorizado u obligado a jugar en otro distinto.

2. Si el campo no estuviera inscrito a nombre del club y fuere titular del mismo otra persona física o jurídica, en el correspondiente contrato deberá figurar una cláusula en la que se establezca la condición de que la entidad propietaria no tiene privilegio alguno en la dirección y administración del club de que se trate, y de que se garantiza el derecho específico de la RFEF a utilizarlo o a designarlo para cualquier encuentro cuando concurra causa para ello. Si no existiera contrato, bastará la autorización escrita del titular del terreno, en la que deberá constar la condición que se establece en el apartado anterior.

 
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