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Absueltos los dos acusados de agredir sexualmente a una mujer en un garaje de Torrelavega

La Audiencia de Cantabria considera que no hay pruebas suficientes contra los procesados

Audiencia Provincial de Cantabria / Cadena Ser

Audiencia Provincial de Cantabria

Torrelavega

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto, por falta de pruebas, a dos hombres acusados de agredir sexualmente a una mujer tras encerrarla en un garaje de Torrelavega después de salir de fiesta.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial señala que no se ha practicado “prueba de signo incriminatorio con aptitud suficiente para destruir la presunción de inocencia” que ampara a los dos procesados.

En este sentido, añade que no ha resultado “suficiente el testimonio prestado en el plenario por la denunciante, por cuanto el mismo no reúne los requisitos exigidos por nuestra jurisprudencia para constituir prueba de cargo”.

Según el tribunal, la declaración de la mujer careció de la “necesaria nota de persistencia” y, además, no estuvo “suficientemente corroborada, ni por el resto de testimonios ofrecidos en el plenario, ni por el contenido de la prueba pericial practicada”.

Ha quedado probado que los acusados coincidieron en un local de copas con la denunciante durante al menos tres horas, en las que estuvieron charlando e incluso bailando y al acabar la fiesta, se dirigieron al garaje con una amiga de la denunciante.

Una vez en este local, el tribunal señala que la amiga lo abandonó "sin oposición alguna por parte de los presentes", por lo que considera que "no ha quedado probado que los acusados impidieran a la mujer abandonar el local", tal y como ella afirmó en su denuncia.

Sí ha resultado acreditado que la mujer y uno de ellos mantuvieron relaciones sexuales, si bien no se ha probado que el hombre empleara "ningún tipo de violencia, ni que tal relación sexual tuviera lugar en contra de la voluntad" de la denunciante.

También se han tenido en cuenta los testimonios de dos hombres que se encontraban descansando en ese garaje, quienes dijeron en el juicio no haber escuchado "nada anormal", ni vieron a los procesados llevar a cabo ningún tipo de agresión, "ni física, ni sexual".

Respecto a los moratones que presentaba la mujer en los brazos, la sentencia explica que, tal y como señalaron los forenses, podrían ser compatibles con haber sido sujetada de los brazos, ya que según varios testigos, la mujer se cayó varias veces durante la noche.

"Al margen de dichas lesiones, la mujer no presentaba lesión alguna, ni tan siquiera mínima, ni en sus genitales ni en sus extremidades inferiores derivadas de la supuesta violencia que afirma fue ejercida por los procesados", concluye.

Por todo ello, falla la Audiencia absolviendo a los dos acusados, si bien esta decisión no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

 

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