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Cobo Plana afirma que su cese como abogado de INALSA se debió a una decisión de Pedro San Ginés

El ex presidente del Cabildo de Lanzarote insiste en que el magistrado renunció voluntariamente "tal y como corroboró el administrador concursal también en sede judicial"

El ex presidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés, durante una comparecencia, junto a su abogado, David Montes.

El ex presidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés, durante una comparecencia, junto a su abogado, David Montes.

Arrecife

El que fuera primer abogado contratado por Insular de Aguas SA (INALSA) para la defensa del concurso de acreedores que en su momento presentó la empresa pública de aguas, Juan José Cobo Plana, afirma que nunca cesó por voluntad propia de sus funciones, la dirección legal del Concurso de Acreedores, sino que su sustitución por el letrado Ignacio Calatayud "se debió a una decisión personal de Pedro San Ginés, que le cesó como letrado de INALSA" y posteriormente se contrató al nuevo abogado de la empresa pública.

Cobo Plana, considerado uno de los mayores expertos de Derecho Concursal de Canarias por su condición de Magistrado de lo Mercantil y que en el momento de los hechos era Juez en excedencia del Juzgado Mercantil de Las Palmas (actualmente es presidente de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, especializada en materia Mercantil), declaró el pasado viernes como testigo, ante el Juzgado de Instrucción nº3 de Arrecife, para aclarar el motivo por el que se produjo el cambio de abogado en el concurso de acreedores de INALSA tras la llegada de Pedro San Ginés a la presidencia del Cabildo de Lanzarote. San Ginés había afirmado en su día que se había procedido a contratar a Ignacio Calatayud como letrado de la empresa pública de aguas en sustitución de Cobo Plana ya que este último había renunciado a seguir como abogado de la empresa y que era urgente contratar nuevo abogado para no dejar indefensa a la entidad en el concurso de acreedores.

Por otro lado, Cobo Plana señaló también que los incidentes forman parte de la "Fase Común del Procedimiento Concursal" por lo que a su juicio, "no pueden ser facturados de manera independiente en ningún caso". También aclaró que las costas procesales son siempre propiedad del cliente (INALSA y el Consorcio del Agua de Lanzarote en este caso) y que en el caso de la empresa pública, en situación de Concurso de Acreedores, resulta obligado que su importe se utilice para pagar las deudas con los acreedores, no pudiendo la Administración Concursal de INALSA, ni la propia empresa, acordar que las costas se las quedara Ignacio Calatayud si éste ganara los incidentes.

San Ginés desmiente y anuncia que demostrará con pruebas lo verdaderamente sucedido

El ex presidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés, afirma que Cobo Plana dijo muchas más cosas en su declaración del pasado viernes y que contará la verdad de lo sucedido "pruebas en mano".

Por otro lado, añade que también demostrará con prueba documental "irrefutable" que Cobo Plana, "quiero creer que por falta de memoria, como podría desprenderse de su propia declaración cuando aseguró no recordar bien ese episodio", se confunde en relación con lo realmente acontecido, "cuando afirmó que su reclamación de honorarios o crédito contra INALSA en sede judicial por importe de 80.000€, obedecía a que había sido cesado como abogado de la mercantil en el proceso concursal, por cuanto el magistrado renunció voluntariamente a dicha representación tal y como corroboró el administrador concursal también en sede judicial".

 
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