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La Fiscalía recurre la libertad provisional del hombre que embistió con un coche a un policía en Oviedo

El fiscal apela en su recurso a la gravedad de los delitos, el riesgo de fuga y el riesgo de reiteración delictiva

Coche de la policía local de Oviedo / Archivo

Coche de la policía local de Oviedo

Oviedo

La Fiscalía quiere que el conductor que el viernes pasado protagonizó una temeraria huida de la Policía por las calles de Oviedo hasta que acabó embistiendo a un agente y a un coche de la Local, vaya a la cárcel.

El juez decidió en primera instancia dejarlo en libertad provisional, con las obligaciones de comparecer ante el Juzgado los días 1 y 15 de cada mes, y de comunicar cualquier cambio de domicilio, pero el fiscal entiende que lo correcto es que aguarde el juicio en la cárcel teniendo en cuenta la gravedad de los delitos que se le imputan: un delito de robo con violencia pues el investigado, presuntamente, golpeó al propietario de las llaves del coche para arrebatárselas y luego se dio a la fuga con un vehículo que no era de su propiedad; un delito de conducción sin carnet, al circular con el coche que presuntamente robó a pesar de no tener licencia; un delito de conducción temeraria, poniendo en evidente peligro la vida e integridad del resto de viandantes que transitaban por la calle en ese momento o estaban sentados en una terraza, y también de los agentes que le perseguían; un delito de atentado contra agentes de la autoridad con uso de instrumento peligroso, pues no solo acometió múltiples y reiteradas veces a los agentes, sino que les embistió en diferentes ocasiones con el coche que presuntamente había robado. Delitos que en caso de condena conllevarían elevadas penas de prisión.

A este hombre que espera en la calle a ser enjuiciado no le falta nada: es además reincidente por delitos contra la seguridad vial.

La Fiscalía justifica su solicitud de ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza del detenido en los siguientes motivos: evitar el riesgo de fuga del detenido, al carecer de arraigo en España; evitar el riesgo de reiteración delictiva; y evitar el riesgo de que atente contra bienes jurídicos de la víctima o destruya o altere fuentes de prueba.

 
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