Sociedad

Rechazada la petición de amnistía para Santi Vila por el caso de los bienes de Sijena

La juez acepta los argumentos de la fiscalía y de la acusación particular en nombre del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena

Pinturas murales de Sijena

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Huesca

La titular del Juzgado de Instrucción nº 20 de Barcelona, Mercè Fernández, ha rechazado la propuesta de aplicación de la Ley de Amnistía al exconseller de Cultura de la Generalitat Santi Vila en la causa penal abierta contra él por su negativa a devolver los bienes del Monasterio de Sijena.

En su auto, al que ha tenido acceso EFE, la magistrada entiende que los hechos imputados a Vila no pueden considerarse "actos cometidos con intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña", según recoge la referida ley, al retrotraerse el caso a la sentencia que anuló en 2015 las ventas de los bienes citados por ilegales, hechas entre 1992 y 1993.

La juez acepta los argumentos tanto de la fiscalía como de la acusación particular en nombre del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena que en los supuestos previstos en la Ley de Amnistía no concurren, ni de manera concreta ni global, los requisitos exigidos, al no contemplar, entre otros, el delito de usurpación de funciones judiciales que se atribuye a Vila junto al de desobediencia a los jueces.

Añade que los razonamientos aducidos por la defensa del exconseller se sustentan en "situaciones hipotéticas", al afirmar sus letrados que los hechos imputados hubieran podido producirse también tras el 1 de octubre de 2017, día en que se produjo la fallida declaración de independencia.

Por este motivo, tras rechazar la aplicación de la Ley de Amnistía, la magistrada rechaza la petición del letrado de la acusación particular, el abogado Jorge Español, de instar que la propuesta planteada inicialmente por la jueza fuera remitida en amparo ante el Tribunal Constitucional. Además, rechaza la magistrada haber faltado a la imparcialidad exigida dado que sometió su propuesta de aplicación de la amnistía a las partes para que se pronunciasen.

Tras rechazar la aplicación de la amnistía, la jueza no admite en su resolución, recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, la petición de la defensa de declarar el sobreseimiento libre de la causa por extinción de la responsabilidad penal de Santi Vila, y la cita para celebración de juicio oral por los hechos imputados los días 6 y 7 de mayo próximos.

En su recurso, el letrado de la acusación particular aducía que el "pertinaz" desacato tanto de Vila como de su sucesor en el cargo, Lluis Puig, al que enjuicia por separado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña al ser aforado, "simplemente se reducía a frustrar la devolución de una propiedad a sus legítimas dueñas", la orden religiosa propietaria del cenobio.

La Fiscalía pide sendas condenas de 11 meses de multa a razón de 18 euros diarios (5.940 euros), así como dos años de inhabilitación, para ambos exconsellers, a quienes acusa de un delito de desobediencia, mientras que el letrado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena suma otro de usurpación de funciones judiciales a Vila, por el que solicita 11 meses de cárcel.

 
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