Sociedad

Nueva inspección de Viviendas Turísticas en Jaca, con dos apartamentos propuestos para sanción

El fin de semana de la Quebrantahuesos se inspeccionaron unas veinte VUT

Policía Nacional en Jaca

Jaca

La Policía Nacional ha intensificado las inspecciones a viviendas de uso turístico en Huesca y Jaca. Tras una campaña informativa en la que se recordó las obligaciones de las V.U.T., e inspecciones durante la pasada Semana Santa, este último fin de semana y coincidiendo con la Marcha Cicloturista Quebrantahuesos, los agentes se personaron en una veintena de vividas de uso turístico en Jaca para verificar si las viviendas cumplían las obligaciones de registrar y comunicar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad los viajeros que alojan. En Jaca se detectaron dos viviendas con huéspedes alojados que no habían sido comunicados.

La carencia de los registros o la omisión de las comunicaciones obligatorias supone una infracción grave a la Ley Orgánica 4/2025, de Protección de la Seguridad Ciudadana que conlleva una sanción de multa que puede ir desde los 601 euros a los 30.000 euros, en función de las circunstancias

Obligaciones de las personas físicas o jurídicas que hospedan

Por motivos de seguridad ciudadana, las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje tienen obligación de llevar un registro documental y de informar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la identidad de los huéspedes que alojan.

Asimismo, los alojamientos destinados a tal fin han de realizar la correspondiente inscripción en el Registro de Turismo del Gobierno de Aragón.

Aquella persona que esté ejerciendo actividades de hospedaje debe ponerse en contacto con Policía Nacional o aquel Cuerpo de Seguridad que tenga competencia en el lugar donde esté ubicada la vivienda, quienes le acreditarán y le facilitarán un usuario y contraseña para poder comunicar informáticamente los datos.

Una vez acreditado como anfitrión de alojamiento turístico, se puede acceder al programa habilitado por el Ministerio de Interior, incluso desde cualquier terminal móvil, y rellenar fácilmente así los datos de los huéspedes, que se envían telemáticamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

El incumplimiento de esta obligación supone una infracción a la Ley Orgánica 4/2025, de Protección de la Seguridad Ciudadana. La carencia de estos registros o la omisión de estas comunicaciones obligatorias supone una infracción grave, que conlleva una sanción de multa que puede ir desde los 601 euros a los 30.000 euros, en función de las circunstancias.

 
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