Sociedad

Tres denuncias a viviendas de uso turístico en Jaca esta Semana Santa

En el marco de una campaña de inspección realizada por la Policía Nacional en Huesca y Jaca

Jaca

Tras una campaña informativa en la que se recordó las obligaciones de las Viviendas de Uso Turístico, la Policía Nacional ha realizado inspecciones durante el periodo de Semana Santa para verificar si cumplían las obligaciones de registrar y comunicar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad los viajeros que alojan. En Jaca se detectaron dos viviendas con huéspedes alojados que no habían sido comunicados dentro del plazo de 24 horas desde que se produce la entrada del huésped. También los agentes localizaron una vivienda que funcionaba como uso turístico pero que no había sido dada de alta como tal.

La carencia de los registros o la omisión de las comunicaciones obligatorias supone una infracción grave a la Ley Orgánica 4/2025, de Protección de la Seguridad Ciudadana que conlleva una sanción de multa que puede ir desde los 601 euros a los 30.000 euros, en función de las circunstancias

Asimismo, tres viviendas inspeccionadas habían reconvertido su actividad como alquileres de larga duración, no habiendo comunicado a las autoridades dicho cambio. Se recomienda igualmente poner en conocimiento el cese de las viviendas que dejen de funcionar como uso turístico.

Obligaciones de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje

Las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje tienen obligación de llevar un registro documental y de informar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la identidad de los huéspedes que alojan.

Asimismo, los alojamientos destinados a tal fin han de realizar la correspondiente inscripción en el Registro de Turismo del Gobierno de Aragón.

Aquella persona que esté ejerciendo actividades de hospedaje debe ponerse en contacto con Policía Nacional o aquel Cuerpo de Seguridad que tenga competencia en el lugar donde esté ubicada la vivienda, quienes le acreditarán y le facilitarán un usuario y contraseña para poder comunicar informáticamente los datos.

Una vez acreditado como anfitrión de alojamiento turístico, se puede acceder al programa habilitado por el Ministerio de Interior, incluso desde cualquier terminal móvil, y rellenar así los datos de los huéspedes, que se envían telemáticamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

El incumplimiento de esta obligación supone una infracción a la Ley Orgánica 4/2025, de Protección de la Seguridad Ciudadana. La carencia de estos registros o la omisión de estas comunicaciones obligatorias supone una infracción grave, que conlleva una sanción de multa que puede ir desde los 601 euros a los 30.000 euros, en función de las circunstancias.

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