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Aprobada la nueva ordenanza de veladores: los bares de Sevilla tendrán que dejar 1,80 metros entre su fachada y las mesas

El Ayuntamiento de Sevilla ha sacado la norma adelante en pleno gracias a la absentención de Vox, con el rechazo del sector hostelero

El Ayuntamiento de Sevilla aprueba la nueva ordenanza de veladores

El Ayuntamiento de Sevilla aprueba la nueva ordenanza de veladores

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Sevilla

El Ayuntamiento de Sevilla ha sacado adelante este jueves la nueva ordenanza que regula la colocación de veladores en los bares de la ciudad con terraza, que contempla, entre otras cosas, que entre las fachadas de los establecimientos y las mesas tendrá que haber, como mínimo, 1,80 metros de separación.

La ordenanza ha sido aprobada por la abstención de Vox, frente a los votos en contra de PSOE e IU-Podemos, y se basa, según el Ayuntamiento, en las Normas para la Accesibilidad en las Infraestructuras, el Urbanismo, la Edificación y el Transporte en Andalucía y la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio.

La oposición rechaza la nueva ordenanza de veladores del Ayuntamiento de Sevilla

La oposición rechaza la nueva ordenanza de veladores del Ayuntamiento de Sevilla

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Este documento desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados o aquéllas que en el futuro las sustituyan.

No obstante, la norma tiene algunas excepciones, de modo que en aquellas aceras o calles peatonales cuyo ancho sea igual o inferior a 4 metros, la anchura de la ocupación no podrá ser superior al 50 % del ancho de la acera o calle peatonal, manteniendo libre siempre la reserva del itinerario peatonal accesible establecido por la normativa vigente.

En las que sea superior a 4 metros e igual o inferior a 5,50 metros, no podrá ser superior al 55 % y en las superiores a 5,50 metros la no podrá exceder el 60 %.

El nuevo texto de la ordenanza introduce un artículo específico sobre establecimientos emblemáticos de la ciudad, y recoge condiciones técnicas, horarios, vigencia de la autorización y documentación a presentar.

A este respecto, en los establecimientos que cuenten con este distintivo, se permite, previa autorización, el consumo exclusivamente de bebida permaneciendo de pie en zona delimitada en el exterior del establecimiento, en horario de 13:00 a 15:00 horas y de 20:00 a 23:00 horas.

La ordenanza cuenta con el rechazo de la Asociación de Hosteleros de Sevilla y Provincia, que calcula que casi el 40 % de sus terrazas corre el riesgo de perderse por no poder cumplir con los requisitos, además que no está de acuerdo con las sanciones propuestas, desde 600 a 2.999 euros para las infracciones leves y hasta 120.000 en las graves.

Además, se han manifestado en contra más de diez asociaciones vecinales, que demandaban que se tuvieran en cuenta sus peticiones para el documento final, que "no protege a los vecinos, ni a la ciudad”, sobre todo en el casco antiguo.

La ordenanza tiene un periodo de tres años para que se adapten a la misma los hosteleros, periodo que las asociaciones vecinales consideran excesivo.

 

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