Sociedad

Absuelven a la Triple A de los presuntos delitos de maltrato animal o apropiación indebida, entre otros

20 años de cárcel pedía la Fiscalía para alguno de los acusados

La Audiencia Provincial de Málaga ha acordado absolver a cinco integrantes de la Asociación de Animales Abandonados Triple A de Marbella de los presuntos delitos de maltrato animal, intrusismo profesional, apropiación indebida, contra la Seguridad Social y contra el derecho de los trabajadores.

La investigación se inició a raíz de la denuncia de varios trabajadores en el año 2015.

La sentencia, con fecha 20 de febrero pasado y a la que ha tenido acceso la Cadena SER, señala en los hechos probados que, aunque la contabilidad de la asociación no se hacía “con el rigor necesario que permitiera obtener la imagen fiel del patrimonio”, los acusados no cometieron el delito de apropiación indebida.

Sacrificio de animales

Sobre el sacrificio de animales domésticos de forma injustificada y masiva con la finalidad de reducir los costes de la Asociación, como mantenía la acusación, la sentencia señala que todos estos animales eran también recogidos por la entidad Paraíso “sin que pueda afirmarse y por tanto declarar probado, que la diferencia de animales entregados por sanidad y los recogidos por El Paraíso fuesen animales sanos sacrificados en la asociación Triple A” directamente por la presidenta de la entidad ni por órdenes de esta ni de ninguno de los otros acusados.

Que la asociación Triple A promovía el sacrificio cero, objetivo que intentaban conseguir destinando los fondos obtenidos por los socios y donantes, así como las subvenciones obtenidas por el Ayuntamiento al cuidado de los animales allí acogidos, “sin que resulte acreditado que utilizaran ningún tipo de engaño para conseguir estas donaciones y ayudas y tampoco que la presidenta de la Triple A ni ninguno de los otros acusados obtuvieran ningún tipo de provecho personal de las mismas”.

Tampoco ha resultado acreditado que los acusados hubiesen cometido un delito contra la Seguridad Social y contra el derecho de los trabajadores ya que no queda “acreditado que entre los años 2013 a 2016, los acusados hubiesen dado ocupación simultáneamente a un 50% o más de los trabajadores sin comunicar su alta en el régimen de la seguridad social, procediendo la absolución de los acusados por este delito”.

Recordar que el Ministerio Público pedía 20 años de cárcel para la presidenta de la Asociación, Betina P., y la misma cifra para el secretario, Jan W., entre otros.

La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer “recurso de apelación” ante el Tribunal en el plazo de diez días “para su resolución por la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía”.

 
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