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Arranca la campaña de la Renta más digital para cerca de ochocientos mil malagueños

Arranca la campaña de la Renta más digital para cerca de ochocientos mil malagueños

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Málaga

Este miércoles ha comenzado la campaña de la declaración de la Renta que finalizará el uno de julio. El año pasado se presentaron más de ochocientas mil en la provincia de Málaga, prácticamente el sesenta por ciento a devolver. Estará en marcha hasta el uno de Julio. Desde hoy se pueden consultar los borradores y presentar la declaración a través de internet. Las citas telefonicas a partir del siete de mayo y en junio las presenciales en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Están obligados a presentarla quienes hayan ganado más de 22.000 euros por trabajo, 15.000 si proceden de dos pagadores, los dueños de inmuebles que lo tengan alquilado y hayan ingresado más de 1.600 euros, los perceptores de Ingreso Mínimo Vital y los familiares convivientes y, este año, todos los autónomos aunque hayan estado un solo día dados de alta, Daniel Quijada, presidente del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Málaga asegura:"Hasta el año pasado, todos aquellos autónomos que no declararan o no tuvieran un rendimiento superior a mil euros estaban exentos de de declarar, este año, no. Este año todos los autónomos, aunque hayan sido cincuenta o cien euros, que son circunstancias muy concretas, muy específicas o aquellos que se hayan dado de alta en diciembre, todos tienen obligación de hacer la declaración de la renta".

Además, hay novedades en las deducciones por deducciones en gastos de locomoción, obras de eficiencia energética en viviendas y en la compra de coches eléctricos o por el alquiler de la vivienda.

Quijada insiste en la necesidad de revisar los borradores y los datos de la declaración aunque se haya realizado de forma presencial en una oficina de la Agencia Tributaria cuando se abra el plazo:"Revisar los borradores y estar muy pendiente de defunciones, nacimientos, obtenciones de minusvalías y de todo aquello anómalo que no sea recurrente en los años porque pueden afectar en la declaración de la renta...independientemente que la declaración de la renta se haga en las citas presenciales de la de la administración de la Agencia Tributaria el responsable de lo que se pone en la declaración es el contribuyente nunca es la administración".

En este sentido, Quijada recuerda que los errores pueden subsanarse sin consecuencias hasta el último día de plazo para presentar la declaración de la Renta el 1 de julio:"Hasta esa fecha, si alguien se da cuenta que ha presentado la declaración y que tiene un error hasta ese día se puede corregir sin penalización, sin coste más que allá del administrativo de hacer todo el procedimiento. Pero se puede rectificar. Se está todavía a tiempo, es decir, en el periodo voluntario se puede hacer las rectificaciones sobre las declaraciones presentadas, siempre y cuando detectemos que haya habido un error para que ese error no sea imputable a nosotros. Una vez pasado el 1 de julio se puede corregir, pero en ese caso ya sí puede haber algún tipo de sanción o intereses, entonces yo sí recomiendo revisar todo lo que ha pasado del año pasado, sobre todo aquellas cosas atípicas, nacimiento, fallecimiento, compras, ventas de inmueble, cancelaciones de hipoteca u obtenciones de hipoteca".

Y este año fuera el papel, Hacienda obliga a todos a presentar la declaración de la Renta por internet, quienes quieran hacerlo por teléfono deberán esperar hasta mayo y si quieren ser atendidos presencialmente presencialmente están obligados a pedir cita en las oficinas de la Agencia Tributaria a partir del 29 de mayo, una situación discriminatoria y que deja en desventaja a todas aquellas personas que no se manejan en internet a causa de una brecha digital que crece con esta decisión según el economista y abogado Ángel Yagüe:"Muchas personas se van a ver abocadas a ese cuello de botella y tengan que presentarla por internet y , al final, se hace recaer sobre la sociedad civil, que quiere contribuir, una serie de obligaciones y cargas que nada tienen que ver con el sistema tributario sino con la innovación tecnológica y con las capacidades electrónicas que quiere tener la administración y que, casi, quiere imponer a la ciudadanía y eso me parece injusto teniendo en cuenta que la edad media española ya está en los 45 años en España".

El año pasado más del sesenta por ciento de las declaraciones de la Renta presentadas en la provincia de Málaga fueron a devolver.

Las principales novedades:

1. Límite para declarar para contribuyentes con varios proveedores:

Se ha elevado a 15.000 euros (antes 14.000) el mínimo exento de tributación para contribuyentes con dos pagadores que cobren más de 1.500 euros a partir del segundo pagador.

2. Trabajadores autónomos:

Todas aquellas personas que hayan estado dados de alta en 2023 como autónomos, aunque solo sea un día, tendrán que hacer de manera obligatoria, la declaración de la Renta.

Antes solo estaban obligados aquellos que en el año anterior hubieran obtenido más de 1.000 euros de rendimientos netos en su negocio.

Además, si el autónomo tributa por estimación directa simplificada se incrementa el porcentaje de gastos de difícil justificación del 5 al 7%, con el límite de 2.000 euros.

3. Aumento de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo:

Esta reducción se aplicará a los contribuyentes con rendimiento netos del trabajo inferiores a 19.747,50 euros siempre que no tengan rentas distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros (excluidas las exentas).

4. Asignaciones para gastos de locomoción. Cantidades exceptuadas de gravamen.

Se eleva de 0,19 euros a 0,26 euros por kilómetro recorrido la cantidad exceptuada de gravamen destinada por la empresa a compensar los gastos de locomoción del empleado o trabajador que se desplace fuera de la fábrica, taller, oficina, o centro de trabajo, para realizar su trabajo en lugar distinto siempre que se justifique la realidad del desplazamiento. También se exceptúa de gravamen el importe de los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.

5. Se modifica la escala gravamen del ahorro en el IRPF:

Se modifican las dos escalas que se aplican a la parte correspondiente de la base liquidable del ahorro para determinar tanto la cuota íntegra estatal como la cuota íntegra autonómica. Se ha añadido un nuevo tramo (a partir de 300.000 euros de base liquidable se aplica un 28%).

6. Deducción por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.

Se amplía el plazo durante el cual pueden realizarse las obras de mejora de eficiencia para aplicar esta deducción:

- La deducción por las obras de reducción de la demanda de calefacción y refrigeración se podrá aplicar por cantidades satisfechas por obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2024 en la vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler, siempre que, en este último caso, la vivienda se alquile antes del 31 de diciembre de 2025.

- La deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable se podrá aplicar por las cantidades satisfechas por obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2024 en la vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler, siempre que, en este último caso, la vivienda se alquile antes de 31 de diciembre de 2025.

- La deducción por las obras realizadas en edificios de uso predominantemente residencial se podrá aplicar por las cantidades satisfechas por tales obras hasta el 31 de diciembre de 2025.

7. Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible.

Se establecen dos nuevas deducciones para promover la adquisición por particulares de vehículos eléctricos no afectos a una actividad económica:

- Los contribuyentes podrán deducir el 15% del valor de adquisición de un vehículo eléctrico nuevo, cuando el vehículo se adquiera desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024 (la base máxima será 20.000 euros).

- Deducción por la instalación de infraestructuras de recarga. Los contribuyentes podrán deducir el 15% de las cantidades satisfechas desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, para la instalación durante dicho período en un inmueble de su propiedad de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos no afectas a una actividad económica. La base máxima anual de esta deducción será de 4.000 euros.

8. Reducción por arrendamiento de vivienda:

- Los contratos de arrendamiento celebrados con anterioridad al 26 de mayo de 2023 seguirán aplicando en 2024 la reducción del 60% vigente hasta el 31/12/2023.

- Los contratos de arrendamiento celebrados desde el 26 de mayo de 2023 al 31 de diciembre de 2023: los arrendamientos destinados a vivienda aplicarán durante 2023, la reducción del 60% y a partir del 1 de enero de 2024 la reducción del 90, 70, 60 o 50% que proceda en función de las circunstancias que concurran en el contrato.

9. Establecimiento de los medios electrónicos como único cauce para la presentación de la declaración:

A pesar de que el Supremo anuló esta exigencia de la Agencia Tributaria, se modifica el artículo 96 de la Ley del I.R.P.F, añadiéndose en el apartado 5 del mismo que se podrá establecer la obligación de presentación por medios electrónicos siempre que la Administración Tributaria asegure la atención personalizada a los contribuyentes que precisen de asistencia para el cumplimento de su obligación.

10. Calendario:

- 3 de abril: se podrán presentar ya las declaraciones por internet a través del RentaWeb o de la app móvil.

- 29 de abril: se abre el periodo de cita previa telefónica.

- 7 de mayo: se inicia el plazo para presentar la declaración por teléfono.

- 29 de mayo: se inicia el plazo para pedir cita previa para atención en las oficinas de la Agencia Tributaria.

- 3 de junio: se inicia el plazo para presentar la declaración de manera presencial en las oficinas.

- 26 de junio: último día para presentar la declaración con domiciliación en cuenta.

Ignacio San Martín

Ignacio San Martín

Periodista de Málaga especializado en tribunales y motor. Responsable de 'Autoradio', programa decano...

 
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