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Suspendida la última condena a María Salmerón

Tras la decisión de la suspensión de la condena, la sevillana no tendrá que cumplir la pena de cinco meses de prisión por no permitir a su ex marido, condenado por violencia machista, visitar a su hija

Sevilla

La sevillana María Salmerón, condenada a cinco meses de cárcel por no permitir a su ex marido -condenado por violencia machista- visitar a su hija, aunque no tendrá que cumplir finalmente la pena, se ha felicitado de la decisión de la suspensión de la condena y ha destacado que "no todos los jueces son malos".

En declaraciones a EFE, ha valorado así la decisión del titular de la Sección Primera Audiencia Provincial de Sevilla, en un auto fechado en el pasado viernes, 22 de marzo, en el que el juez estima el recurso de apelación interpuesto por Salmerón contra el auto de fecha 7 de junio de 2022 del Juzgado de lo Penal 1 de Sevilla, y acuerda suspender la pena por dos años, bajo la condición de que no vuelva a delinquir durante el periodo indicado, además de pagar una multa de 30 días con una cuota diaria de seis euros. Una vez conocida oficialmente la suspensión de la pena, ha señalado que, en el recurso de apelación, "se hacían unas alegaciones que me las han estimado" y ha resaltado que se han atendido sus peticiones y han considerado que no tenía ya antecedentes "porque ya estaban caducados".

Ha desvelado que el pasado 1 de febrero le comunicaron que debía entrar en prisión, pero no quiso hacerlo público, y prefirió presentar un recurso de reforma, destacando que el juez mantuvo la petición de ingreso en la cárcel hasta que se presentó la petición de indulto. Esa petición fue presentada el pasado 27 de febrero, "y con eso suspendió los diez días que me dio para entrar en prisión, que se acababan de cumplir", de modo que se ha preguntado qué habría pasado "si yo llego a ingresar en prisión voluntaria, como este juez pretendía". Para ella, ese ingreso habría supuesto "la misma injusticia como se ha cometido siempre o casi siempre en mi caso", al haber sido finalmente absuelta mediante el auto conocido hoy.

María Salmerón fue condenada por sentencia de 18 de noviembre de 2019 como autora criminalmente responsable de un delito de desobediencia del artículo 556 del Código Penal a la citada pena de cinco meses de prisión, y el auto recuerda que en su "hoja histórico penal constan ocho anotaciones", aunque todas anteriores al 2 de octubre de 2014. Recuerda además el magistrado que no ha cometido delitos en los últimos nueve años, de modo que "podemos afirmar, en función de la información que nos proporciona la hoja histórico penal, que su trayectoria se encuentra limpia". De todos los delitos que se le imputaron por no permitir que la entonces menor recibiese visitas de su padre, María Salmerón solo ha cumplido una condena de nueve meses de internamiento, que le fue impuesta por la titular del juzgado de lo penal número 6 de Sevilla. No obstante, no cumplió la pena íntegra, ya que ingresó el 9 de junio de 2022 y fue puesta en libertad vigilada el 27 de diciembre, mientras que el 30 junio anterior le fue concedido el tercer grado penitenciario. Desde el 27 de diciembre de 2022 no contaba con una pulsera que la controlara en sus movimientos de forma telemática, y solo tenía que cumplir una serie de medidas básicas, como no consumir sustancias estupefacientes y comunicar al juzgado sus desplazamientos fuera de la provincia de Sevilla.

Además, era objetivo de seguimiento por parte de los servicios sociales penitenciarios, ante los que se debía presentar siempre que fuese requerida para ello. María Salmerón fue condenada entonces a nueve meses de prisión y al pago de 3.000 euros en concepto de responsabilidad civil, que abonó 24 horas antes de conocer la decisión de la jueza de que ingresara en prisión.

 
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