El Ayuntamiento recurrirá la decisión judicial que ordena fijar fecha para un nuevo examen de la Policía Local
El alcalde, José Luis Sanz, defiende el mantenimiento de estos puestos de trabajo por economía y seguridad de la ciudad
Sevilla
El alcalde hispalense, José Luis Sanz, ha asegurado que el Ayuntamiento recurrirá "si es posible" el nuevo auto emitido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete de Sevilla, denegando "la imposibilidad de ejecución" solicitada respecto a su sentencia que ordena retrotraer la oposición promovida en 2012 para cubrir vacantes de la Policía Local, al momento anterior al caso práctico, porque en el mismo "se produjeron irregularidades invalidantes", anulando así el nombramiento como funcionarios de los opositores seleccionados entonces.
Ante dicho auto que ratifica la ejecución de la sentencia, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y el Supremo, Sanz ha recordado que los servicios jurídicos municipales están estudiando "la posibilidad de recurrir" dicha resolución, susceptible de apelación. "Si es posible recurrir, recurriremos. Si no, ejecutaremos la sentencia, que no nos gusta porque crea un problema", ha dicho el alcalde, exponiendo que cumplir la sentencia implica "prescindir de 44 agentes" con la incidencia inherente en materia de seguridad ciudadana.
En la sentencia inicial, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete aborda un litigio promovido por uno de los aspirantes a la oposición promovida en 2012 por el Ayuntamiento hispalense para cubrir plazas de agente de Policía Local, impugnando actos como el listado definitivo de aprobados o la resolución de Alcaldía por la que se nombra funcionarios de carrera a los opositores seleccionados.
"El fondo del asunto"
Al respecto, el juzgado señala que respecto al "fondo del asunto" es necesario tener en cuenta la sentencia del Juzgado de lo Penal número diez que, en marzo de 2019, absolvió a las 45 personas juzgadas en 2018 por presuntos delitos de descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación y cohecho, por la presunta filtración de los exámenes de las dos oposiciones promovidas en 2012 por el Ayuntamiento para cubrir 47 y 56 plazas de agente de Policía Local.
Y es que pese a la absolución, en dicha sentencia figuran "consideraciones sobre la filtración de la segunda prueba del tercer ejercicio, y aunque al no existir sentencia condenatoria no existen hechos probados vinculantes, ello no impide que no puedan valorarse las conclusiones alcanzadas en la citada sentencia".
Por ejemplo, el Juzgado de lo Contencioso número siete expone que el Juzgado de lo Penal número diez recoge en su sentencia que "con vulneración de la base VI de la convocatoria, dos miembros del tribunal de las oposiciones llevaron un boceto del caso práctico con anterioridad a la realización del examen y por tanto la redacción del caso práctico, aunque sufrió al menos dos modificaciones respecto de aquel boceto, no se redactó el mismo día del examen".