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EL TSJA da la razón a PSOE y CILU respecto a las medidas cautelares que, en su momento, impidieron celebrar la moción de censura en Linares

Desde el Partido Socialista linarense valoran que el auto de la Sala de lo Contencioso- Administrativo “reitera que ni Javier Palacios ni Daniel Campos incurrían en ninguna causa de incompatibilidad”

Pleno de la moción de censura en Linares (05/07/2022) / Cadena Ser

Pleno de la moción de censura en Linares (05/07/2022)

Linares

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestima el recurso de apelación presentado por la edil de Ciudadanos, Maria Teresa López, la ex edil, de la formación naranja, Noelia Justicia, y el concejal popular, José Luis Roldán, contra el auto del Juzgado de los Contencioso-Administrativo número 2 de Jaén, con fecha de 30 de junio, que decretaba levantar las medidas cautelares que, en su momento, impidieron celebrar el pleno de la moción de censura en Linares.

Según valoran desde el PSOE de Linares, el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA “reitera que ni Javier Palacios ni Daniel Campos incurrían en ninguna causa de incompatibilidad que les impidieran participar en el pleno de la moción de censura”, por lo que se entiende el fallo como “un nuevo varapalo de la Justicia a aquellos que han intentado poner cortapisas a la democracia en el Ayuntamiento de Linares”.

En esa línea, las mismas fuentes socialistas señalan que el TSJA “da de nuevo la razón al PSOE y a CILU Linares”, con relación a los recursos presentados desde ambas formaciones ante las medidas cautelares decretadas en el auto con fecha de 9 de marzo, y que impidieron celebrar el pleno de moción de censura, fijado en primera instancia para el 11 de marzo del pasado 2022.

Además, critican “la intención del ex alcalde, Raúl Caro, la señora Justicia y el PP de dejar desprovistos a los concejales Campos y Palacios de sus derechos”, en alusión a una de las citas que recoge el auto: “se adoptaría una medida cautelar limitativa de derechos que afectaría de forma directa a la voluntad democrática plasmada en las decisiones de los actuales representantes legítimos”.

 
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