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La justicia da la razón a los empleados que denunciaron cesión ilegal de trabajadores entre Onda Cádiz y Olvido Producciones

La sentencia firme del Juzgado de lo Social número 1 de Cádiz declara que se ha producido una cesión ilegal de trabajadores entre ambas empresas

Micrófono de Onda Cádiz Televisión / Cadena SER

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Cádiz

La justicia ha dado la razón a los empleados de la productora Olvido Producciones, que presta servicio para Onda Cádiz y que denunciaron una cesión ilegal de trabajadores entre estas dos empresas. Son 34 los que ahora, y a tenor de lo que ha dictado el magistrado en la sentencia firme, tienen "derecho a adquirir la condición de fijos, a su elección, en la empresa cedente o cesionaria".

Así lo entiende el Juzgado de lo Social 1 de Cádiz, que recibió la denuncia por parte de Autonomía Obrera. El sindicato sostenía que se estaba produciendo una cesión ilegal de trabajadores porque se realzaban funciones similares entre los trabajadores municipales y los empleados de la productora sin diferenciarse consecuentemente a todos los niveles.

El magistrado Oscar Alcalá ha declarado "producida la cesión ilegal de la plantilla de trabajadores de OLVIDO PRODUCCIONES S.L. que presta servicios para el servicio de radiotelevisión municipal de ONDA CÁDIZ". En la sentencia, de 39 páginas, señala que "para el desempeño de sus funciones Onda Cádiz pone a disposición de Olvido la infraestructura y medios materiales, al margen de contar con 21 trabajadores que de forma insuficiente, dado el volumen de programación, cubren los diversos departamentos en los términos indicados en el HP 1o".

"Olvido, en palabras de su gerente en sede plenaria, pone a disposición de ONDA CÁDIZ “el talento”. Lo que ha supuesto en la práctica, dada la acreditada insuficiencia del personal de Onda Cádiz, la integración del personal de Olvido en la estructura organizativa de Onda Cádiz hasta el punto de constituir plantillas confundidas y no diferenciadas, a las que mediatamente y a través de la coordinadora de programas de Olvido y del director gerente de dicha entidad se dan las directrices y órdenes para la efectiva organización del servicio".

Sobre la sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia , que puede ser presentado en el plazo de cinco días desde la publicación de la misma.

 
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