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Los Gestores Administrativos nos cuentan por qué es fundamental hacer testamento

El gestor administrativo colegiado es un profesionales cualificado que garantiza que se realice con solvencia todo el procedimiento, que se paguen los impuestos necesarios y que no haya problemas legales

Javier Corral, presidente del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Sevilla

Javier Corral, presidente del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Sevilla

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Javier Corral, presidente del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Sevilla, ha destacado en el programa “Hoy por Hoy” de Radio Sevilla la conveniencia de que cualquier persona realice un testamento porque “nos concede la tranquilidad de que nuestra voluntad se cumpla una vez que ya no estemos aquí. Es un documento legal que recoge de qué manera quieres que se distribuyan tus bienes, o incluso quién se encarga del cuidado de tus hijos si nos menores, cuando ya no estés”.

Corral ha indicado que es un error pensar que sólo debe hacer testamento quien cuente con un amplio patrimonio porque “tengas poco o mucho, dejar un testamento hecho garantiza saber quién hereda qué o que ningún familiar con el que ya no tengamos relación vaya a recibir algún bien que no deseamos, pero también permite ahorrar dinero en impuestos al hacer donaciones. Y facilita las cosas mucho a sus familiares o herederos en el día después, que se van a ahorrar mucho tiempo, dinero y desgaste emocional”. Aquí puede escuchar la entrevista completa en Hoy por Hoy Sevilla:

Javier Corral, presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Sevilla

07:46

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Igualmente, ha aclarado que hay limitaciones a la hora de hacer testamento porque “se puede disponer del patrimonio libremente, pero con el límite que corresponde a lo que conocemos como la legítima, que es la porción de bienes que la ley reserva a determinados herederos, llamados herederos forzosos, que son los hijos, los padres a falta de descendencia y el viudo o la viuda”.

El presidente del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Sevilla ha recordado que “se puede hacer una renuncia formal a una herencia en escritura. Y también se puede aceptar una herencia respondiendo de las deudas solo hasta donde alcancen los bienes de la misma, y no con los bienes personales. Esto se llama “aceptación a beneficio de inventario” y debe hacerse ante notario”.

Por último, Corral ha señalado que es importante acudir a un gestor administrativo colegiado porque “como profesionales cualificados y respaldados por el Colegio Oficial de Sevilla nos encargamos de informar, asesorar y llevar a cabo todos los trámites para la tranquilidad de los herederos en un momento delicado. Y garantizamos que se realice con solvencia todo el procedimiento, que se paguen los impuestos necesarios y que no haya problemas legales”.

 
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