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Condenan a 14 y 11 años de inhabilitación a los ex altos cargos del SCS

Los dos ex altos cargos han sido condenados por fraccionar contratos de asesoría externa, para hacer obras en centros de salud y para adquirir ecógrafos, eludiendo los procedimientos legales.

Juicio a exaltos cargos del SCS acusados de prevaricación / EUROPA PRESS

Juicio a exaltos cargos del SCS acusados de prevaricación

Santander

La Audiencia de Cantabria ha condenado a 14 y 11 años de inhabilitación a los dos ex altos cargos del Servicio Cántabro de Salud (SCS) que fueron juzgados por prevaricación en las contrataciones de este organismo entre 2015 y 2018.

Según la sentencia, que ha sido difundida este miércoles, la sala ha impuesto las penas que reclamó la fiscalía para el ex subdirector de Gestión Económica, Javier González, y el ex gerente de Atención Primaria, Alejandro Rojo.

Los dos ex altos cargos han sido condenados por fraccionar contratos de asesoría externa, para hacer obras en centros de salud y para adquirir ecógrafos, eludiendo los procedimientos legales.

El PP denunció estas contrataciones durante la pasada legislatura y ejerció la acusación particular en esta causa.

La sala afirma en su sentencia que la actuación de los dos ex altos cargos "supone una flagrante vulneración de los principios constitucionales que conforman la actuación de la administración en un Estado de Derecho".

Según el tribunal, el ex subdirector de Gestión Económica suscribió, "de forma consecutiva y encadenada", cinco contratos de asesoramiento externo con una persona de su confianza, en dos de ellos "utilizando como persona interpuesta" a la hija del asesor.

Para la sala, actuó de ese modo "con la finalidad de garantizar la contratación directa" de esta persona y de "eludir las exigencias de la libre concurrencia y publicidad propias de los procedimientos administrativos de contratación".

Respecto a las obras, señala que, pesar de que existía un contrato para el mantenimiento integral de los centros de salud, los dos altos cargos adjudicaron cuatro contratos menores de reparación y pintado a tres empresas "claramente vinculadas entre sí, al tener idénticos representantes legales".

Además dice que eran "sabedores de que el grueso de las obras podía haber sido efectuado" por la empresa que tenía el contrato de mantenimiento integral "sin coste adicional" para el Servicio Cántabro de Salud.

El ex subdirector ha sido también condenado por tramitar de forma simultánea 22 expedientes de contrato menor "prácticamente idénticos" para la adquisición de otros tantos ecógrafos destinados a los centros de salud.

El tribunal explica además que no tenía competencia para autorizar estos pedidos, porque el órgano de contratación era el director gerente.

La sala ha tenido en cuenta para acreditar los hechos la "abundante prueba documental" y el informe de la Intervención General "por su claridad y contundencia", además de la declaración de los testigos y los acusados.

A su entender, los dos funcionarios públicos, "de forma injusta y arbitraria", eludieron la incoación del procedimiento administrativo adecuado para la contratación de servicios, obras y suministros, acudiendo de forma deliberada y, además, reiterada en el caso del subdirector de gestión económica, a un expediente inadecuado, como es el previsto para los contratos menores".

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

 
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