La Justicia da la razón a un padre que quería vacunar a su hijo contra el coronavirus
Había pleiteado con su ex pareja que rechazaba la administración del medicamento
![](https://cadenaser.com/resizer/v2/AF3J5VUJGFIK7LR7D2TXFW2I7A.jpg?auth=e42c4ba2338577b9c59ec90d4c04e6fccd804a953e7d35b55050bf66475f7d95&quality=70&width=650&height=365&smart=true)
Exterior del edificio de la Audiencia Provincial de Valladolid / Miriam Chacón (Ical)
![Exterior del edificio de la Audiencia Provincial de Valladolid](https://cadenaser.com/resizer/v2/AF3J5VUJGFIK7LR7D2TXFW2I7A.jpg?auth=e42c4ba2338577b9c59ec90d4c04e6fccd804a953e7d35b55050bf66475f7d95)
Valladolid
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valladolid que ha dado la razón a un padre que pleiteaba con su expareja por la negativa de ésta a vacunar contra el covid al hijo común, de 13 años. Segun ha informado el Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la Audiencia ha rechazado el recurso de la progenitora contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Valladolid, que en noviembre de 2021 atribuyó al progenitor "la facultad de decidir sobre la administración de la vacuna contra el Covid-19" al menor.
En el auto se hace referencia a un informe emitido por un médico forense y a los criterios del Ministerio de Sanidad y de la Asociación Española de Pediatría acerca de la vacuna en menores de 12 a 18 años. En este sentido, se apunta que "es beneficiosa para el menor (además de serlo para toda la sociedad en evitación de futuros contagios)". A esto añade la consideración de que ha sido autorizada por la Agencia Europea del Medicamento para ese grupo de población por la Agencia Estatal de Medicamentos y por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, con "las consiguientes garantías de calidad, seguridad y eficacia".
Además, los magistrados señalan algunos de los argumentos aportados por el Ministerio Fiscal para solicitar la desestimación delrecurso de apelación. Así, se destaca que que la vacuna frente a la Covid-19 "no es un ensayo clínico" si no "un medicamento aprobado por la Agencia Estatal de Medicamentos y por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios". En concreto, la parte recurrente hizo referencia a que se consideraba que sus componentes "podían ser perjudiciales para el menor", pero para acreditarlo "no se aportó ningún informe oficial, sino información extraída de internet y un estudio", sin que quedara acreditado -según la Fiscalía- que la vacuna "pueda tener efectos negativos para la salud del menor".
La resolución es firme y contra ella no caben nuevos recursos.
![Mario Alejandre](https://s3.amazonaws.com/arc-authors/prisaradio/fdaae8e3-372e-4c43-ba4b-4255367059ef.png)
Mario Alejandre
Cuenta lo que pasa en Valladolid y en Castilla y León desde que se incorporó a la SER, en el verano...