Sociedad

Cantabria eliminará el consentimiento de los vecinos para el uso turístico de una vivienda

La Consejería de Turismo prepara un nuevo decreto que simplifique los requisitos que se exigen en la normativa aprobada en 2019

Un padre y su hijo entrando en un piso turísticos.(Getty Images)

Un padre y su hijo entrando en un piso turísticos.

Santander

La Consejería de Turismo va a modificar el decreto que regula las viviendas de uso turístico en Cantabria. Con ello, el Gobierno regional pretende adaptar la actual normativa y simplificar los requisitos exigidos para en la declaración responsable que se requiere a los propietarios para poder registrar su vivienda como piso de uso turístico.

Una de las principales modificaciones afecta a los requisitos del contenido de la declaración responsable incluidos en el apartado primero del artículo 5 de la actual normativa en el caso de viviendas turísticas ubicadas en inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, respecto a prohibiciones o restricciones del uso de estos inmuebles.

Lo que se propone es excluir la obligatoriedad de justificar los estatutos o acuerdos adoptados por la Comunidad de Propietarios en los que se dé consentimiento por parte de la comunidad al uso del inmueble con fines turísticos.

Con esta adaptación, se tiene en cuenta el carácter privado de este aspecto, cuyas posibles divergencias deben ser resueltas en el orden jurisdiccional civil. En el caso de la modalidad de cesión compartida, la declaración responsable sí deberá incluir el certificado municipal de convivencia.

Y es que estas viviendas se dividen en dos modalidades: la vivienda de cesión completa, que es la que se ofrece temporalmente con fines turísticos en condiciones de inmediata disponibilidad y en su totalidad, no permitiéndose cesión por habitaciones; y la de cesión compartida, que se ofrece por habitaciones amuebladas y equipadas en condiciones de inmediata utilización y en la que reside el propietario.

Marta Barca, directora general de turismo del Gobierno de Cantabria ha explicado en la Cadena Ser que las comunidades de propietarios a través de sus estatutos o de acuerdos solo puede limitar o condicional la conversión de una vivienda en piso turístico, pero nunca prohibir expresamente.

Por ello, para evitar conflictos competenciales se han venido detectando se ha decidido eliminar este requisito acerca de que el propietario debía presentar una declaración responsable acerca de los estatutos o acuerdos adoptados por la comunidad de propietarios en la que se alude al consentimiento por parte de la comunidad al uso del inmueble con fines turísticos.

Barca añade que las comunidades de vecinos pueden adoptar acuerdos para establecer cuotas especiales de gastos o un incremento en la participación de los gastos comunes de la vivienda donde se realice la actividad turística. Siempre que estas modificaciones no supongan un incremento superior al 20%.

La nueva regulación, que prepara el Ejecutivo cántabro y que se encuentra en fase de consulta pública, pretende también, dar mayor transparencia la capacidad de las viviendas de uso turístico, fijando con claridad el número de plazas del alojamiento que vendrá determinado por el número autorizado de ocupantes indicado en la cédula de habitabilidad –en el caso de viviendas de cesión completa- , mientras que la capacidad de las viviendas de cesión compartida derivará de la diferencia entre el número autorizado de ocupantes y el número de personas que tengan residencia en la vivienda, según indicación del certificado municipal de convivencia.

En relación con el cambio de titularidad de la explotación de la vivienda de uso turístico, la modificación tiene por objeto contemplar esta posibilidad no regulada en el articulado de la actual normativa y evitar con ello tramitaciones adicionales en el Registro de Empresas Turísticas de Cantabria, agilizando de esta forma el servicio.

En todo caso, la modificación del decreto que regula las viviendas de uso turístico en Cantabria todavía se está sometiendo a consulta pública, después se estudiarán las alegaciones que se presenten y con los gabinetes jurídicos de actividades turísticas de la consejería de turismo se creará un grupo de trabajo para incluir las modificaciones en al actual decreto.

Desde la consejería no se dan plazos en todo caso, será cuestión de varios meses la aprobación del nuevo decreto. Tampoco se suspenden las declaraciones responsables que se hayan tramitado y se estén comprobando y las que se presenten seguirán todo el proceso también.

Desde que se aprobó el decreto que regula las viviendas de uso turístico en Cantabria se han presentado 1098 declaraciones responsables y se han inscrito en el registro de viviendas turísticas 576.

DECRETO ACTUAL

Los propietarios deberán registrarse en la Dirección General de Turismo y exhibir una placa identificatoria en el exterior de la puerta. Los propietarios tendrán que llevar a cabo en forma obligatorio un registro con los viajeros que se alojan. Se acaba con el limbo legal y se adaptan a los nuevos tiempos, dicen desde la Consejería de Turismo

El Gobierno de Cantabria ha aprobado este jueves el decreto por el que se regula la actividad de las viviendas de uso turístico de cesión temporal completa o compartida en el ámbito de la comunidad autónoma. Entrará en vigor transcurridos tres meses desde su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC). Se busca también establecer un censo de este tipo de viviendas para eliminar la competencia desleal.

El objetivo de esta regulación es dotar de un régimen jurídico propio a esta modalidad de alojamiento surgida dentro del nuevo modelo de economía colaborativa, estableciendo los límites imprescindibles para garantizar las condiciones de orden público, seguridad ciudadana, salud pública y protección de los consumidores, según destaca la Consejería de Turismo en una nota de prensa.

La normativa busca la ordenación y control de las denominadas viviendas o pisos de uso turístico, es decir aquellas ubicadas en inmuebles situados en suelo de uso residencial y que es ofertada con fines turísticos.

Entre las obligaciones que establece el decreto para los titulares de viviendas turísticas se encuentran, además del registro en la Dirección General de Turismo de inicio de actividad (acompañado de declaración responsable y seguro de responsabilidad civil); la obligación de exhibir una placa identificativa en el exterior de la puerta de acceso de la vivienda de uso turístico y en lugar visible y también la disponibilidad de hojas oficiales de reclamaciones.

A su vez, se tendrá que exhibir en un lugar visible el número de teléfono previsto para atender cualquier circunstancia que afecte a la estancia o poner en conocimiento del público las normas de utilización y precios aplicables a los servicios y actividades ofertadas. Asimismo, se deberá llevar a cabo el obligado registro de viajeros que se alojan con el objeto de garantizar el control y la seguridad ciudadana.

Otras obligaciones contempladas son las de prestar el servicio de alojamiento con los muebles y enseres necesarios, cumplimiento de seguridad e incendios, entrega de la vivienda en perfectas condiciones de limpieza e higiene, así como la información requerida sobre normas de uso y temporada de funcionamiento.

Finalmente, las viviendas vacacionales deberán exhibir el número de inscripción del Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria en toda publicidad que se haga de la actividad turística. Los prestadores de este servicio o cualquier intermediario que se beneficie en el alquiler de la vivienda no declarada serán responsables solidarios de incumplimiento.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00