Tribunales

Oculta el fallecimiento de su mujer en València para no hacer frente a varios embargos

Debía más de 220.000 euros al Banco de Sabadell y a la Caja de Ahorros de Madrid por haber dejado de abonar las cuotas de sendos préstamos y 7.576 euros a un particular, según consta en el escrito de acusación de la Fiscalía

Ciudad de la Justicia, sede de la Audiencia Provincial de Valencia / Cadena SER

València

La Audiencia Provincial de Valencia juzga a partir de este martes a un hombre y a su hijo por haber ocultado el fallecimiento de su exesposa y madre, respectivamente, para seguir abonando en las cuentas de ésta fondos de manutención y evitar el pago de otras deudas.

El padre debía más de 220.000 euros al Banco de Sabadell y a la Caja de Ahorros de Madrid por haber dejado de abonar las cuotas de sendos préstamos y 7.576 euros a un particular, según consta en el escrito de acusación de la Fiscalía.

En 2009 se había divorciado de su mujer y en 2012 un juzgado le impuso el pago de una pensión alimenticia y ordenó el embargo de 650 euros mensuales de su sueldo como funcionario de la Conselleria de Cooperación.

En junio de 2012 su exmujer falleció pero el acusado ocultó este hecho al juzgado y permitió que continuase la retención de su salario, porque esos fondos iban a parar a una cuenta en la que él estaba autorizado y podía disponer de ellos.

Además de recuperar los fondos que se le embargaban, el procesado evitaba que se retuviese más cantidad para el pago de otras ejecuciones pendientes, dada la preferencia legal de los embargos por alimentos y la existencia de unos mínimos inembargables.

En 2019, una vez liquidada la ejecución de la pensión alimenticia, el acusado se puso de acuerdo con su hijo para que éste presentase una nueva demanda para el pago de pensiones, a pesar de que el hijo convivió todo el tiempo con su padre.

Según dicha demanda un juzgado valenciano llegó a acordar el embargo de 1.200 euros mensuales del sueldo del padre.

El fiscal pide cuatro años de cárcel tanto para el padre como para el hijo, y una indemnización conjunta de 7.576 euros para el particular que ha reclamado por estos hechos.

 
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