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EL ABIERTOAnálisis en 'Hoy por hoy' con Antón Losada, Estefanía Molina y Carlos Navarro Antolín

Absuelto de abusos un profesor de 78 años pese a pegar cachetes en el culo a los estudiantes "que no lo hacían bien"

La titular del Juzgado de lo Penal 3 de Oviedo argumenta que los métodos pueden ser "censurables", pero queda acreditado que daba las clases sin distinción entre el sexo de los alumnos

La jueza entiende que la denuncia está relacionada con el hecho de que la alumna prácticamente tenía agotadas todas sus convocatorias. / Getty Images

La jueza entiende que la denuncia está relacionada con el hecho de que la alumna prácticamente tenía agotadas todas sus convocatorias.

Asturias

Una juez de Oviedo ha absuelto a un profesor de violín de 78 años de los delitos de abuso sexual continuado y trato denigrante que le imputaba una alumna de 20 años, a pesar de reconocer que buscaba la excelencia en la formación a través de técnicas “obsoletas” como golpear los dedos con el arco del instrumento o dar un cachete en el culo al estudiante que "no lo hacía bien".

La titular del Juzgado de lo Penal 3 de Oviedo argumenta en la sentencia, que no es firme, que la metodología de enseñanza del profesor puede ser "censurable o no" a nivel docente, pero considera acreditado a través de las declaraciones de otros alumnos y del director del conservatorio que el acusado impartía sus clases "por iguales términos y en idénticas circunstancias" a todos los estudiantes.

El acusado impartía clases en el Conservatorio Superior de Música Eduardo Martínez Torner de Oviedo. Eran "exigentes y severas" con técnicas incluso "obsoletas" porque corregía las posturas de sus alumnos al interpretar las piezas con esos castigos físicos e incluso les calificaba como tontos o imbéciles para hacerles entender que no llegaban al nivel exigido.

Prestigio nacional

El hombre tiene un carácter "autoritario, exigente y despótico", pero a la vez es el profesor más demandado por los alumnos, incluso de otras comunidades autónomas, por los excelentes resultados que obtienen e incluso por el prestigio y reputación profesional que supone haber sido su alumno en los círculos profesionales. Esta es una de las principales razones que aduce la jueza para su absolución, ya que la alumna denunciante le eligió "libremente" como su profesor durante tres cursos consecutivos pese a apuntar que los supuestos abusos y trato denigrante se produjeron ya en las primeras clases.

Además, tiene en cuenta la declaración de otros alumnos que expusieron situaciones similares a la descrita por la denunciante sin que se sintiesen humillados, vejados u objeto de abusos por parte del acusado, siendo sus versiones plenamente coincidentes tanto en las expresiones proferidas como en las correcciones con esos castigos.

Estos testigos incidieron en el juicio en que los tocamientos del acusado siempre se realizaban de forma espontánea sin recabar previo consentimiento del alumno, implicando la manipulación del pecho y parte baja de cintura y espalda, e incluso manifestaron que en ocasiones el profesor les abrazaba y les daba un beso en la mejilla "a modo de felicitación, en un contexto natural y propio de la felicidad compartida por ambos". El director del conservatorio apoyó sus manifestaciones reconociendo que el profesor tenía la fama de "duro y exigente", pese a sus técnicas pedagógicas, siendo los alumnos quienes escogían al profesor al inicio de cada curso académico.

La jueza estima que la denuncia no responde a un obrar "lógico" de quien se entiende humillada, vejada y víctima de abusos sexuales al seguir eligiendo al profesor durante tres cursos, prestando una declaración "ambigua, vaga y confusa". Por el contrario, entiende que la denuncia está relacionada con el hecho de que la alumna prácticamente tenía agotadas todas sus convocatorias sin obtener un aprobado y no era seleccionada por el acusado para una audición pública por sus continuas faltas de asistencia a clase e incluso su trayectoria académica estaba calificada como mala. Asimismo, los peritos destacaron en su informe que la alumna presentaba una "divergencia de la realidad".

El acusado afrontaba una pena de cinco años de cárcel y el pago de una indemnización de 6.000 euros, mientras que el abogado defensor José Ramón Nistal pedía la absolución con la misma argumentación que ha sido acogida por la magistrada-jueza en la resolución.

 

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