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Tribunales

Piden 18 meses de cárcel para el ex magistrado Ferrín Calamita por "humillar" a las lesbianas a las que retrasó una adopción

El ex magistrado publicó una carta dirigida a la menor diciendo haber tenido conocimiento del divorcio de sus madres

Ferrín Calamita fue ya condenado por un delito de retardo malicioso en la tramitación del expediente de adopción / Getty Images

Murcia

El Fiscal ha pedido una pena de 18 meses de cárcel para el ex juez Fernando Ferrín Calamita por cometer un presunto delito de odio al publicar en 2020 una carta en sus redes sociales con la que pretendía someter a "humillación" a las dos mujeres lesbianas a las que retrasó maliciosamente una adopción en 2009.

En concreto, el Fiscal considera que Ferrín Calamita es autor de un delito de odio por publicar en Facebook esta carta abierta en la que se dirige a la menor adoptada por las dos lesbianas y dice haber tenido conocimiento del divorcio de sus madres.

"Lo siento mucho. El tiempo me ha venido a dar la razón, por desgracia", señalaba Ferrín Calamita en su misiva, en la que traslada a la menor que puede "ejercitar acciones legales" contra el Estado, la Comunidad Autónoma de Murcia y "contra sus dos 'mamás'".

El inicio del juicio está previsto a las 9.30 horas del jueves, 27 de abril, en la Sala 007 de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial.

Cabe destacar que Ferrín Calamita ha anunciado por escrito, a través de su representante, que no va a acudir al juicio. No obstante, dada la pena solicitada por el Fiscal, el desarrollo del juicio no tiene por qué suspenderse, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.

Con todo, la huelga de los funcionarios de justicia podría afectar a la celebración del juicio en caso de mantenerse, dado que la vista no está incluida en los servicios mínimos.

Inhabilitación como juez

Cabe recordar que el acusado fue condenado en 2009 por cometer un "retardo malicioso" del expediente de adopción de la menor por parte de dos mujeres lesbianas cuando él era magistrado del Juzgado de 1ª Instancia número 9 de Murcia.

En concreto, fue condenado a 720 euros de multa, así como a la inhabilitación especial para el cargo de juez o magistrado por tiempo de diez años, así como al pago de 6.000 euros de indemnización a una de las perjudicadas.

Según la sentencia, el condenado dictó acuerdos que no solo implicaban unas "injustas resoluciones retardatorias", sino también un "despliegue de activa obstrucción beligerante para impedir la efectiva aplicación de la voluntad legislativa; muy significativamente cuando se trataba de cuestionar la idoneidad para la adopción por razones de la orientación sexual" de la mujer que promovía el proceso.

Carta abierta

Tal y como recoge el escrito de calificación del Fiscal al que ha tenido acceso Europa Press, el ex juez publicó en torno al día 18 de julio de 2020 una carta abierta dirigida a la menor cuya adopción retrasó con el ánimo de "atentar y lesionar" la dignidad personal de sus madres.

Además, el Ministerio Público sostiene que el acusado, con su carta, pretendía someter a las dos progenitoras a "humillación pública, escarnio, descrédito y atacar y cuestionar su condición como personas y como madres por su orientación sexual".

En su misiva, Ferrín Calamita decía haber tenido conocimiento de que las madres de la menor se habían divorciado y que la habían "abandonado y entregado a los servicios sociales". "Lo siento mucho; el tiempo me ha venido a dar la razón, por desgracia", apostillaba el ex juez, quien reconocía haber hecho gestiones para averiguar el paradero de la menor pero, "lógicamente", no le habían facilitado ningún dato "en ese organismo de la Consejería de la CARM que ahora se llama de Familias y LGTBI".

El Ministerio Público subraya que la carta fue publicada en la página de la red social Facebook, bajo un perfil que cuenta con un gran nivel de visibilidad para cualquier usuario de la mencionada red social, sin necesidad de ser añadido como "amigo".

El Fiscal considera que el acusado es autor de un delito de odio por el que procede imponerle la pena de 18 meses de cárcel y el pago de una multa de 3.000 euros a las dos perjudicadas por perjuicios y daños morales.

 
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