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¿Cómo valoran artistas y empresas de espectáculos el nuevo estatuto del artista en Bizkaia?

El Gobierno central acaba de aprobar la prestación por desempleo para el trabajo intermitente del artista. El real decreto rebaja los requisitos de días cotizados para que los trabajadores culturales accedan al subsidio. Entre las novedades, permite compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación con actividades artísticas que generen rendimientos económicos

¿Cómo valora artistas y empresas de espectáculos el nuevo estatuto del artista en Bizkaia?

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El pasado 10 de enero, y desde entonces, los actores, artistas y trabajadores culturales en general gozan de una serie de reconocimientos que protegen las particularidades de su profesión. "Trabajamos todos los días, pero no estamos contratados todos los días: ese es el problema fundamental de nuestra profesión", resume el portavoz del sindicato de actores Ramón Ibarra.

Uno de los puntos fuertes que ya contempla el nuevo Estatuto del Artista, que el gremio valora positivamente, es una prestación por desempleo más flexible, sujeta a menos requisitos y que considera la intermitencia del sector. La actriz y docente de Dantzerti Vene Herrero tiene hoy una posición laboral segura, pero recuerda que en sus inicios como actriz "muchas de las personas que empezaron tuvieron que abandonar la profesión porque no teníamos ningún tipo de seguridad, nuestro trabajo y por lo tanto la cotización es intermitente".

Otra de las medidas contempladas es la posibilidad de acceder a una prestación especial para aquellas personas que, habiendo trabajado regularmente en el régimen de artistas y estando en situación de desempleo, puedan acreditar 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística durante los últimos 18 meses, prestación que consiste en 2000 euros durante 4 meses. "No es mucho", reconoce Ibarra, pero supone "abrir una puerta a una reivindicación histórica por parte de los artistas". Una vez abierta la puerta, sentencia, "habrá que hacerla más ancha".

 
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