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Subvención de 60 euros en el Billete Único Intermodal Soria-AVE Calatayud en cada trayecto

Las empresas ferroviarias establecerán un transporte a la demanda por carretera hasta la estación del AVE

Estación del AVE en Calatayud

Soria

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) publica en su Sede Electrónica (https://sede.mitma.gob.es/sede_electronica/lang_castellano/) la  Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de 28 de marzo de 2023 por la que se establece el procedimiento y las condiciones a aplicar para la implantación de un régimen de bonificaciones para los viajes intermodales que se comercialicen en un único billete y tengan una etapa en transporte ferroviario de alta velocidad y otra etapa en transporte discrecional por carretera entre Soria y la estación de alta velocidad de Calatayud.

La Resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición adicional centésima octava de la Ley 31/ 2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que establece medidas para facilitar la intermodalidad con los servicios ferroviarios prestados sobre la red de alta velocidad y la implantación, como experiencia piloto, de un régimen de bonificaciones para la conexión de residentes en la provincia de Soria y la estación de alta velocidad de Calatayud.

La etapa de transporte discrecional por carretera se prestará mediante vehículo con autorización VT, VD o VTC. El trayecto podrá realizarse simultáneamente por varios viajeros. El servicio se prestará en modalidad a demanda con las condiciones de antelación de compra que establezca cada operador para asegurar la disponibilidad del servicio por carretera. El punto de parada en aquellos municipios donde el operador ferroviario decida prestar el servicio será, preferiblemente, único en las estaciones, paradas de autobuses o en los lugares habituales para este tipo de servicios discrecionales.

La etapa de transporte ferroviario se ajustará a las circulaciones que el operador ferroviario tenga establecidas y que decida ofrecer para la prestación de este servicio.

Podrán ser beneficiarios de las bonificaciones en las tarifas de los billetes intermodales a los que se refiere la resolución, los ciudadanos residentes en la provincia de Soria que adquieran un billete intermodal de aquellas empresas ferroviarias que decidan comercializarlo y que cumplan las condiciones establecidas en la resolución. La condición de residente en la provincia de Soria se acreditará mediante el certificado de empadronamiento o equivalente en vigor.

La resolución regula asimismo el procedimiento de adhesión a ese sistema de bonificaciones de las empresas ferroviarias que decidan comercializar los billetes intermodales, y el de liquidación de la compensación por las bonificaciones realizadas.

La cuantía de la subvención del billete intermodal será de 60 euros por trayecto. No obstante, para impulsar esta iniciativa y facilitar la movilidad de los beneficiarios, durante los tres meses siguientes a la fecha de la resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre que apruebe la adhesión de la empresa ferroviaria a este sistema de bonificaciones, la cuantía de la subvención del billete intermodal será de 78 euros por cada uno de los viajes, de forma que en el caso de los billetes de ida y vuelta será de 156 euros en total.

La resolución entrará en vigor en el momento de su publicación en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023, o hasta la aprobación de la Orden Ministerial a la que hace referencia el apartado Uno de la Disposición adicional centésima octava de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, si esta aprobación se produce antes del 31 de diciembre de 2023.

 
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