Sociedad

El TSJC rechaza el recurso presentado por la empresa que no resultó adjudicataria de la protonterapia

La Sala de lo Contencioso Administrativo desestima la paralización cautelar de la adjudicación realizada por el Gobierno de Cantabria a la empresa Varian que pedía la otra aspirante al contraro, Iba

Unidad de protonterapia instalada en Munich, Alemania. / AMELIE-BENOIST / BSIP

Santander

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha desestimado las medidas cautelares que solicitaba la empresa europea Iba contra la adjudicación a la americana Varian de la construcción del equipamiento necesario para instalar en el Hospital de Valdecilla la protonterapia.

El TSJC, en un auto al que ha tenido acceso la Cadena SER, rechaza la tutela cautelar que solicitaba Iba y le impone las costas procesales.

En el auto, cuyo ponente es el magistrado José Ignacio López Cárcamo, la Sala no dirime la conveniencia o no de la adjuciación a la firma que resultó finalmente ganadora del proceso público desarrollado por el Gobierno de Cantabria.

Lo que hace el tribunal es rechazar la medida cautelar porque "concurre un interés general de mayor calado que requiere la implantación lo más pronta posible del sistema objeto del contrato".

Dice el TSJC que se trata de un sistema de protontearpia que ha de traer importantes mejoras en el tratamiento de tumoraciones, "tanto reduciendo los efectos secundarios de la radioterpia convencional como aumentando las posibilidades de curación".

Dice la resolución que la puesta en marcha del tratamiento del cáncer con protones "se inserta en el interés general por la salud pública, interés de relevancia constitucional que conecta con el derecho a la salud y a la vida".

La Sala deberá ahora estudiar el recurso

La recurrente, que no resultó ganadora en el concurso para la instalación de esta unidad, ha impugnado la resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales que el pasado septiembre desestimó su recurso contra la decisión de adjudicar a Varian Medical System el citado contrato, según ha explicado el TSJC en un comunicado en el que ha confirmado la información adelantada por la Cadena SER.

Además de presentar un recurso contencioso-administrativo, que la Sala debe estudiar y resolver, la recurrente ha solicitado la adopción de una medida cautelar consistente en suspender el proceso de adjudicación y ejecución del contrato hasta que el tribunal dicte sentencia.

Sin embargo, en respuesta a esta segunda petición, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha hecho público un auto en el que desestima esta pretensión, y es que “concurre un interés general de mayor calado que requiere la implantación lo más pronta posible del sistema objeto del contrato”.

Añade el tribunal que se trata de un sistema que “ha de traer importantes mejoras en el tratamiento de tumoraciones, tanto reduciendo los efectos secundarios de la radioterapia convencional como aumentando las posibilidades de curación”.

Intereses de "relevancia constitucional"

A juicio del tribunal, “dichos intereses de relevancia constitucional reclaman la mayor celeridad posible, objetivo este insoslayable, que se vería frenado si suspendemos la ejecución del contrato de referencia durante el tiempo que se invierta en alcanzar una sentencia firme”.

El auto de la Sala no es firme, ya que contra el mismo cabe interponer un recurso de reposición en el plazo de cinco días.

Fermín Mier

Fermín Mier

Formado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad Autónoma de Barcelona, soy el director de Contenidos...

 
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