Hoy por Hoy Matinal JódarHoy por Hoy Matinal Jódar
Ciencia y tecnología

El Ayuntamiento de Jódar instalara, en las cubiertas-tejados de distintos edificios públicos, placas solares para la generación y autoconsumo de energía

Para ello ha abierto el proceso para la selección de las empresas que han presentado ofertas, con una Mesa de Contratación que tendrá lugar este miércoles

Casa de la Cultura de Jódar, uno de los edificios en los que se instalarán placas solares / Antonio Plaza

Jódar

Se propone al órgano de contratación competente del Ayuntamiento de Jódar, la celebración de un contrato de concesión demanial de uso privativo de cubiertas de varios edificios municipales de Jódar, para la instalación solar fotovoltaica, edificios que a continuación se relacionan:

Casa de la Cultura,

• Casa de la Juventud,

Guardería Municipal,

• Campo de Futbol ‘Francisco Herrera Cueva’,

Pabellón del Polideportivo ‘Palomares’,

• Nave 55, 74, 75 y 76 en P.I. ‘Puerta de Mágina’.

Objeto del Contrato.

El Ayuntamiento de Jódar, como administración pública genera un consumo de energía que debe ser reducido por razones tanto ambientales como económicas. Ante este compromiso de conseguir una economía más limpia y sostenible mediante mayor eficiencia energética, es donde tomamos las medidas necesarias para reducir el consumo de energía eléctrica y generar parte de la misma para autoconsumo mediante energías renovables, que según la Directiva 2009/72 CE, sobre normas comunes para el Mercado Interior de la electricidad, es «un planteamiento de carácter global o integrado, que tiene por objeto influir el volumen y los periodos de consumo de la electricidad a fin de reducir el consumo de energía primaria y las puntas de cargas, concediendo prioridad a las inversiones en medida que fomente la eficacia energética u otras medidas respecto a las inversiones destinadas a aumentar la capacidad de producción, siempre que las primarias constituyan la opción más eficaz económica, habida cuenta de la repercusión positiva en el medio ambiente de menor consumo energético».

Estas actuaciones se encuentran en relación con las edificaciones, y por tanto las edificaciones públicas de todo tipo, reguladas con la nueva Directiva UE 2018/844 del Parlamento Europeo y del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2018, que fue publicada el pasado 19 de junio, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética. Define una estrategia de renovación de los edificios a largo plazo como objetivo de su descarbonización antes de 2050, que establecerá una hoja de ruta con las medidas necesarias para su ejecución.

El CPV del contrato es: 45261215 – Revestimiento de cubiertas con placas solares.

_

Necesidad de la contratación.

Se licita un contrato administrativo patrimonial; subtipo concesión demanial de uso privativo de bienes municipales. _

Partiendo de dicha regulación, la finalidad pretendida queda acreditada por la insuficiencia de recursos materiales propios para hacer frente a dicha necesidad. Asimismo, y de conformidad con lo previsto en el artículo 28.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-, se informa que la necesidad del presente contrato viene motivada por la mejora de la eficiencia energética de los edificios municipales mediante la instalación de placas solares fotovoltaicas que suponen una producción propia de energía eléctrica de origen renovable para autoconsumo, un ahorro energético de energías tradicionales y un ahorro económico por el menor coste de la energía renovable consumida. Además de la repercusión positiva medioambiental.

Régimen económico del contrato.

Este Ayuntamiento cobraría un canon por la utilización de las cubiertas de los edificios antes citados para un uso determinado de instalación de placas fotovoltaicas para posterior venta de la energía producida a este Organismo, otros particulares o a las compañías comercializadoras, siendo la propietaria de estas la E.S.E que pagará un canon anual.

Para el cálculo del precio del canon, se realiza un informe técnico de valoración sobre el total del valor del elemento a abonar el canon (en nuestro caso cubierta de los edificios), que asciende al precio 168.435,91 €uros para el canon de arrendamiento de la cubierta.

A esta cantidad le aplicaríamos el 6% anual regulado más IVA, según señala el art 92.2 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales, que nos daría un importe anual de 10.106,15 €uros.

Total 178.542,06 euros

Y siendo potestad los contratos de arrendamiento y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles propios, como gestión y cobro de las rentas, reclamación extrajudicial de todos los derechos derivados de la gestión de las competencias, en caso de cualquier impago o lesión a los derechos del Ayuntamiento, quien ejercitará las correspondientes acciones a través de sus servicios jurídicos, y demás extremos contemplados por la ley; vista la necesidad de proceder al arrendamiento descrito , SE PROPONE que previos los trámites que se estimen oportunos, se lleve a cabo la contratación propuesta por este Área. Lo que se comunica para su conocimiento y demás efectos.

Ya está constituida la mesa de contratación que está estudiando las numerosas ofertas presentadas, que se desarrollará este miércoles.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00