Sociedad

Mil euros de multa para dos ciclistas ebrios que se saltaron un semáforo en Plasencia

Los ciclistas en movimiento por la carretera son considerados conductores, por lo que están sujetos a la Normativa General de Circulación

Semáforo en rojo para ciclistas / Wim WYLOECK

Cáceres

Dos ciclistas, de 47 y 56 años de edad, tendrán que hacer frente a una multa de 1.000 euros cada uno tras saltarte un semáforo en rojo en Plasencia y arrojar un resultado positivo en el test de alcoholemia.

Según ha informado la Policía Local, el pasado 1 de mayo, sobre las 0:15 horas, una patrulla observó que dos ciclistas no respetaron la señal roja del semáforo ubicado en la puerta del Sol de la capital del Jerte, por lo que les dieron el alto. Al hablar con ellos, los agentes se dieron cuenta que se encontraban bajo los efectos del alcohol, ya que se expresaban con mucha dificultad, según nos ha explicado en La Ventana de Extremadura el intendente de la Policía Local, Enrique Cenalmor, que apunta a que los ciclistas, posibles peregrinos, iban de paso ya usaban bicicletas bien equipadas e iban con mochilas.

MULTAN A DOS CICLISTAS POR CONDUCIR EBRIOS - LA VENTANA EXTREMADURA

04:07

Compartir

El código iframe se ha copiado en el portapapeles

<iframe src="https://cadenaser.com/embed/audio/460/1651687051882/" width="100%" height="360" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>

Así, se procedió a realizarles las pruebas de verificación del consumo de alcohol, arrojando en los dos casos un resultado positivo: uno de ellos de 1,07 gr/l, y el otro 0,66 mg/l. Los ciclistas serán multados con 1.000 euros cada uno por dar una tasa superior a 0,50 mg/l, en aire espirado. "Si hubiesen sobrepasado los 1,2 g/l en sangre, o dan positivo en un control antidrogas, ya nos meteríamos en una infracción penal que podría llevarlos a la cárcel", ha destacado el responsable policial.

Se trata de una sanción administrativa, y que no conlleva responsabilidad penal como si se tratase de un coche; tampoco se ven afectados los puntos del carné de conducir, en el caso de que el ciclista tenga algún permiso de conducción.

Los ciclistas en movimiento por la carretera son considerados conductores, por lo que están sujetos a la Normativa General de Circulación. Igualmente, los ciclistas están obligados, como otros conductores, a someterse a la prueba de alcoholemia si son requeridos por un agente.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00