Tribunales

El Supremo revisa esta semana la sentencia de la rama política de los ERE

La Audiencia de Sevilla condenó al expresidente de la Junta, José Antonio Griñán, y a otros cuatro exconsejeros a penas de cárcel. El expresidente, Manuel Chaves y otros dos antiguos consejeros fueron sentenciados a penas de inhabilitación

Fachada del Tribunal Supremo de España, Madrid. / Vicente Mendez

Madrid

El Tribunal Supremo revisa el miércoles y el jueves los recursos contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla que condenó a 19 personas en la llamada causa política de los ERE de Andalucía. Entre ellos, dos expresidentes de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán y Manuel Chaves, y seis exconsejeros de gobierno: Magdalena Álvarez, Gaspar Zarrías, Antonio Fernández, Francisco Vallejo, José Antonio Vieira y Carmen Martínez Aguayo fueron condenados por un delito de prevaricación a penas de inhabilitación.

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Además, Griñán, Fernández, Vallejo, Viera y Martínez Aguayo fueron condenados a penas de entre seis y siete años de cárcel por un delito de malversación. El exdirector general de empleo de la Junta y principal acusado, Francisco Javier Guerrero, se ha quedado fuera del procedimiento porque falleció en octubre de 2020.

La sentencia consideró probado que entre los años 2000 y 2009, en un contexto de crisis económica, la Junta de Andalucía estableció un sistema de ayudas sociolaborales a empresas y a trabajadores que prescindía de la figura del “expediente de subvención”, que es un sistema más seguro y reglado con control previo del gasto, por las llamadas “transferencias de financiación” que establecían un sistema más ágil, al margen de los controles de la Intervención. Un “sistema fraudulento”, según la sentencia, con el que el gobierno andaluz repartió 680 millones, sin control del gasto, a empresas en crisis. Unas subvenciones que se repartían sin bases reguladoras, sin publicidad ni concurrencia, por lo que muchas empresas no pudieron acceder a ellas.

Los recursos

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha pedido al alto tribunal que confirme la sentencia de la Audiencia de Sevilla. Las defensas, por su parte, han recurrido la condena porque subrayan que lo que hizo la Junta de Andalucía fue tomar una decisión política para afrontar un problema político. Los recursos de los condenados sostienen que la Audiencia de Sevilla se ha separado de la jurisprudencia sobre el delito de prevaricación. Dicen que la sala considera prevaricador todo acto administrativo desde que se preparaba el anteproyecto de ley de presupuestos de Andalucía, que contenía las ayudas de los ERE, hasta que se producía efectivamente el pago de esas ayudas. Incluso, lamentan, son prevaricadoras cuestiones de puro trámite.

Además, ponen el acento en que la Ley de Presupuestos es un acto político y que, por su naturaleza, una ley no es ilegal. La única vía para recurrirla es el Tribunal Constitucional si se considera que no se ajusta a la Constitución. La Ley de Presupuestos, señalan, se debatía cada año en las Cortes y se revisaba y votaba por los grupos parlamentarios.

Fuentes del Tribunal Supremo apuntan a una deliberación larga. Primero porque se trata de un asunto complejo y segundo porque el calendario electoral se solapa con el judicial. El presidente de la Junta de Andalucía, Juan Manuel Moreno Bonilla, ha llamado a las urnas el próximo 19 de junio y estas fuentes recuerdan que la política del alto tribunal es la de no interferir en procesos electorales ni de formación de gobierno. El ponente de la sentencia será el magistrado, Eduardo Porres. Junto a él forman sala Carmen Lamela, Susana Polo, Ana Ferrer y Juan Ramón Berdugo.

Griñán a un paso de entrar en prisión

Una de las decisiones más importantes que tiene en sus manos el Tribunal Supremo es la de determinar si el expresidente, José Antonio Griñán, cometió un delito de malversación de caudales públicos. La sentencia del año 2019 sostiene que, en su etapa de consejero de economía, Griñán fue advertido por la intervención de las dudas del sistema y que no hizo nada por atajar las irregularidades. Cuatro años antes el Tribunal Supremo, que investigó la rama de los ERE cuando algunos de los implicados eran aforados, había sostenido justo lo contrario. El instructor, Alberto Jorge Barreiro, dijo que “no constan datos incriminatorios contra José Antonio Griñán como presunto autor de un delito de malversación, pues no se ha acreditado que interviniera en la concesión concreta de ayudas fraudulentas ni que supiera que se estuvieran disponiendo de los caudales públicos para ayudas o subvenciones con destino al lucro ilícito de terceras personas”.

La otra decisión de calado es la de determinar si el otro expresidente, Manuel Chaves, cometió el delito de prevaricación. La sala de Sevilla consideró “impensable” que el jefe de gobierno no avalara el cambio de sistema para implantar las ayudas sociolaborales en Andalucía. “Resulta ilógico que decisiones de gran trascendencia sean desconocidas por el presidente”, decía la sentencia

Los avisos de la Intervención

La Intervención General de la Junta advirtió en distintos informes del sistema irregular que se estaba empleando y habló del “uso inadecuado de las transferencias de financiación” para dar ayudas. Sin embargo, nada cambió. Según anticorrupción, los ex altos cargos de la Junta "no sólo no hicieron nada, sino que posibilitaron que año a año se siguiera reproduciendo" el mecanismo de concesión y pago de las ayudas mediante el uso "inadecuado" de transferencias de financiación. Con ello se "soslayó" la fiscalización previa del interventor delegado de la Consejería de Empleo permitiendo que la Dirección General de Trabajo diera las subvenciones "prescindiendo de forma total y absoluta del procedimiento legalmente establecido". Tal y como indicó el interventor general de la Junta en un informe adicional del año 2003: “Vistas las anteriores deficiencias se puede concluir que la citada Dirección General (empleo) ha tramitado subvenciones excepcionales prescindiendo de forma total y absoluta del procedimiento administrativo establecido”

La Fiscalía afirma que una parte de esos 680 millones de euros en ayudas públicas concedidas entre los años 2000 y 2009 sirvieron para beneficiar a personas que nunca trabajaron en las empresas en cuyos ERE figuraban -los llamados "intrusos"- y que también sirvieron para pagar "fines distintos" de los establecidos.

Sin embargo, ese dinero desviado de los fines para los que estaba establecido aún no se ha cuantificado y sigue en fase de investigación. El Ministerio Público lo cifró inicialmente en su escrito de conclusiones provisionales en 66 millones, pero después no volvió a ofrecer ninguna cifra. El fiscal se limitó a decir en el juicio que había quedado acreditado que durante diez años funcionó un “sistema de concesión de ayudas totalmente opaco, sustraído al conocimiento de los andaluces; y lo que es más grave, al conocimiento debido del control de la Intervención” y de ahí el “daño efectivo y real de menoscabo de fondos públicos”.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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